Un fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia de la Nación encendió las alarmas en los municipios cordobeses. El máximo tribunal falló a favor del Banco Galicia en un litigio que mantenía desde hace casi dos décadas con la Municipalidad de Córdoba por la Contribución que Incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios —más conocida como tasa de Comercio e Industria— y sentó un criterio que amenaza con desfinanciar a buena parte de las administraciones locales de la provincia.
El caso: un litigio que empezó en 2008
El conflicto se remonta a 2008, cuando la Municipalidad de Córdoba le determinó al Banco Galicia una deuda por la tasa de Comercio e Industria correspondiente a los períodos entre diciembre de 2001 y octubre de 2005, con más intereses y una multa. La entidad financiera cuestionó el cobro por entender que no se ajustaba a los requisitos básicos que debe reunir una tasa: la existencia de un servicio concreto, efectivo e individualizado por parte del municipio. El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba había validado el cobro, pero el banco llevó el caso hasta la Corte Suprema.
La sentencia, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó el fallo del tribunal provincial. El máximo tribunal sostuvo que una tasa no puede funcionar como un impuesto encubierto y que, para cobrarla, el municipio debe demostrar que presta un servicio específico, organizado y puesto a disposición del contribuyente, y que existe una relación razonable entre ese servicio y el monto exigido. En sus fundamentos, la Corte habló de "laxitud" por parte del municipio de Córdoba al momento de aplicar la norma tributaria y calificó a la contribución como un tributo que la comuna "carece de facultades constitucionales para crear" en esas condiciones.
La reacción de los intendentes
El impacto del fallo fue inmediato. Este jueves se reunieron en Córdoba capital los intendentes Daniel Passerini (Córdoba capital), Guillermo De Rivas (Río Cuarto), Eduardo Accastello (Villa María) y Damián Bernarte (San Francisco) para analizar en conjunto cómo responder al criterio de la Corte y buscar una estrategia común para sostener la vigencia de la tasa. Según trascendió del encuentro, en el plano estrictamente jurídico los intendentes no ven demasiado margen para torcer el fallo, por lo que la salida que evalúan es política antes que judicial.
La preocupación no es menor: la tasa de Comercio e Industria es uno de los pilares de la recaudación municipal en toda la provincia. En el caso de Río Cuarto, por ejemplo, esta contribución representa cerca de tres de cada diez pesos que ingresan a las arcas del municipio, un porcentaje que da una dimensión del golpe financiero que podría significar un cuestionamiento masivo del tributo.
Por qué preocupa tanto
El temor de los intendentes no pasa únicamente por el caso puntual del Banco Galicia, sino por el efecto cascada que el fallo puede desatar. Al sentar jurisprudencia sobre los requisitos que debe cumplir una tasa municipal, la Corte abre la puerta a que otros contribuyentes —bancos, comercios, industrias— presenten reclamos similares en distintas ciudades del país, amparados en el mismo criterio. De hecho, ya existen numerosos planteos judiciales de otras entidades bancarias contra municipios por el cobro de tasas a sus sucursales, y se espera que el fallo cordobés opere como antecedente para esas causas.
La inquietud también se extiende a otros tributos locales que podrían quedar bajo la misma lupa, como la tasa vial que varios municipios cobran sobre la carga de combustible —cuestionada además desde el Gobierno nacional— y otras contribuciones de alumbrado, barrido y limpieza que, en algunos distritos, ya enfrentan presentaciones judiciales por parte de vecinos y empresas que alegan la ausencia de una contraprestación concreta.
El contexto político
El fallo se da, además, en sintonía con el discurso del Gobierno nacional, que desde hace tiempo impulsa una revisión de las tasas municipales por considerar que encarecen la actividad económica y funcionan, en los hechos, como una carga tributaria adicional disfrazada de tasa. Ese alineamiento entre el criterio de la Corte y la agenda oficial agrega una lectura política al fallo: varios intendentes interpretan que el fallo llega en un momento en que crece la presión, desde distintos frentes, para acotar la capacidad de recaudación de los municipios.
Qué puede pasar de ahora en más
A partir del fallo, los municipios que quieran sostener el cobro de la tasa de Comercio e Industria —y tributos análogos— deberán poder acreditar, con mayor precisión que hasta ahora, qué servicio concreto prestan a cada contribuyente y cómo ese servicio se relaciona con el monto que cobran. Para muchas comunas, que históricamente aplicaron la tasa como una forma indirecta de gravar la actividad económica sin una contraprestación específica y verificable, esa exigencia puede resultar difícil de cumplir.
En el corto plazo, es esperable que se multipliquen los reclamos administrativos y judiciales de contribuyentes que busquen ampararse en el precedente, y que los intendentes cordobeses —como ya lo están haciendo Passerini, De Rivas, Accastello y Bernarte— busquen una respuesta coordinada, ya sea a través de ajustes normativos que refuercen la justificación de las tasas o de gestiones ante otros niveles del Estado para amortiguar el impacto fiscal. Lo que está en juego, advierten desde los municipios, es la capacidad misma de sostener servicios esenciales en un escenario donde una de sus principales fuentes de financiamiento queda bajo sospecha constitucional.